Si eres titular de una explotación ganadera de bovino, ovino o caprino en Castilla y León y has tenido que sacrificar animales de forma obligatoria como consecuencia de los programas oficiales de control y erradicación de enfermedades de los rumiantes, puedes solicitar las ayudas convocadas por la Junta de Castilla y León para la compra de animales destinados a la reposición de las reses sacrificadas.
Estas ayudas tienen como objetivo apoyar a las explotaciones ganaderas afectadas, facilitar la recuperación de sus efectivos y contribuir al mantenimiento de la actividad ganadera y de la población en las zonas rurales de Castilla y León.
¿Para qué sirve esta ayuda?
La convocatoria contempla ayudas directas destinadas a financiar la compra de animales de reposición en aquellas explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino en las que se hayan producido sacrificios obligatorios como consecuencia de las campañas oficiales de saneamiento ganadero, de los programas de control y vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles o por motivos epidemiológicos graves.
El gasto subvencionable deberá corresponder a adquisiciones realizadas entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2026.
Puedes consultar el detalle de las actividades subvencionables en el documento publicado por la Junta de Castilla y León.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes titulares de explotaciones de reproducción de ganado bovino, ovino y caprino situadas en Castilla y León en las que se hayan sacrificado animales con carácter obligatorio.
Entre los principales requisitos se encuentra que la explotación tenga la consideración de PYME activa en el sector agrícola y esté inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León.
Además, la persona titular deberá ser productor activo y cumplir, entre otras condiciones, las obligaciones sanitarias, de identificación y movimiento pecuario correspondientes, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y disponer del Libro Registro de Explotación debidamente actualizado.
También será necesario haber realizado, antes de la reposición de los animales, la limpieza y desinfección de la explotación conforme a la normativa vigente, actuación que deberá ser certificada por los Servicios Veterinarios Oficiales.
Los animales cuya adquisición sea objeto de subvención deberán mantenerse en la explotación durante un periodo mínimo de dos años desde la fecha de presentación de la solicitud, salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados.
¿Cuánto se puede recibir?
La cuantía de la ayuda depende de la especie, aptitud y edad de los animales adquiridos.
En el caso del ganado bovino, las ayudas pueden alcanzar:
Para ganado ovino y caprino, las cuantías pueden alcanzar los 100 euros por animal caprino de aptitud láctea, 70 euros por animal ovino de aptitud láctea y 25 euros por animal ovino o caprino de aptitud cárnica.
En el caso de los machos ovinos homocigotos ARR-ARR, la ayuda puede alcanzar los 150 euros por animal.
La convocatoria también contempla ayudas para animales reproductores de la especie equina, con importes de hasta 270 euros para animales de entre 12 y 24 meses y de hasta 390 euros para animales de entre 24 meses y 5 años.
Además, cuando los animales adquiridos estén inscritos en el Libro Genealógico de la raza correspondiente, la ayuda se incrementará un 25%.
En cualquier caso, el importe de la subvención no podrá superar el 50% de la inversión subvencionable justificada mediante factura.
Plazo para solicitar la ayuda
El plazo de solicitud permanecerá abierto desde el 15 de julio de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026.
El plazo inicialmente finalizaba el 30 de agosto, pero al tratarse de un domingo, se prorroga hasta el primer día hábil siguiente, el lunes 31 de agosto de 2026.
Por tanto, los titulares de explotaciones que cumplan los requisitos deberán presentar su solicitud antes de esa fecha.
¿Dónde se presenta la solicitud?
La solicitud puede presentarse de forma presencial o electrónica.
Presencialmente, se podrá realizar preferentemente en el Registro del Servicio Territorial de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la provincia donde esté ubicada la explotación o donde el solicitante tenga su domicilio social, así como en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León y en los lugares establecidos por la normativa administrativa.
Para conocer los requisitos y opciones disponibles para la tramitación electrónica, puedes consultar la información habilitada por la Junta de Castilla y León.
La solicitud deberá acompañarse de la documentación correspondiente. Puedes consultar y descargar la documentación a presentar antes de iniciar el trámite.
Una ayuda para mantener la actividad ganadera en el medio rural
La reposición de animales después de un sacrificio sanitario supone un esfuerzo económico importante para las explotaciones ganaderas. Estas ayudas pretenden facilitar la recuperación de los efectivos y contribuir a que las explotaciones puedan mantener su actividad.
El apoyo a la ganadería resulta especialmente relevante para el medio rural de Castilla y León, donde la actividad agroganadera desempeña un papel fundamental en el mantenimiento del empleo, la actividad económica y la población de numerosos municipios.
La convocatoria corresponde a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental de la Junta de Castilla y León y está gestionada por el Servicio de Sanidad Animal.
Puedes consultar toda la información de la convocatoria y acceder al trámite en la página oficial de la Junta de Castilla y León