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Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para financiar actuaciones turísticas singulares de repercusión regional (2025)

Subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro para financiar actuaciones turísticas singulares de repercusión regional (2025)

 

Convocatoria para el año 2025 en régimen de concurrencia competitiva, destinada a entidades sin ánimo de lucro para financiar el desarrollo de actuaciones turísticas singulares de repercusión regional. La subvención tiene como objetivo apoyar la creación y desarrollo de destinos turísticos y productos turísticos, así como su gestión, gobernanza, promoción y comercialización. Esto contribuye a la dinamización, consolidación y fortalecimiento del sector turístico en Castilla y León, con el fin de posicionar la Comunidad Autónoma como destino turístico y apoyar a las entidades sin ánimo de lucro en la profesionalización del sector.

 

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

Desde el 16 de abril de 2025 hasta el 19 de mayo de 2025
20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.

 

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro, sus agrupaciones, federaciones y/o confederaciones, que no pertenezcan al sector público y que tengan su domicilio social en Castilla y León.
Las entidades solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas y cumplir sus fines.
  • Carecer de fines de lucro.
  • No estar incursos en las circunstancias descritas en el artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, en caso de ser aplicable.
  • Desarrollar sus actividades efectivamente dentro del territorio de Castilla y León.
  • Tener fines que se alineen con el objeto de la subvención.

 

¿Para qué es la ayuda?

Serán subvencionables proyectos que incluyan actuaciones turísticas singulares de repercusión regional. Los proyectos deben contemplar:

  1. Desarrollo de destinos y/o productos turísticos.
  2. Gestión de los destinos y productos turísticos.
  3. Promoción y comercialización de los destinos y productos turísticos.

 

Entre el 20% y el 30% del presupuesto debe destinarse a promoción y comercialización.

Las actuaciones subvencionadas deberán ejecutarse entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de junio de 2026.

 

Cuantía

La cuantía de la subvención será determinada de forma proporcional según la puntuación obtenida en la valoración de las solicitudes.
La subvención puede cubrir hasta el 100% de la inversión presupuestada, con un límite máximo de 90.000 €. El mínimo de subvención concedida será el 70% de la inversión.

 

¿Qué documentos necesito?

  1. Solicitud: Deberá presentarse en el modelo normalizado y se digitalizarán los documentos anexos necesarios.
  2. Memoria explicativa y justificativa: Incluye detalles sobre los criterios de valoración, objetivos y actividades del proyecto.
  3. Memoria económica valorada: Desglose del presupuesto, especificando el destino de la inversión (promoción, consultoría, personal, otros gastos).

 

 

Para más información y solicitud, haz click aquí.