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Subvenciones a familias por traslado de residencia al ámbito rural de Castilla y León (2025)

Subvenciones 2025 por Traslado de Residencia al Ámbito Rural en Castilla y León

 

La Junta de Castilla y León ha convocado subvenciones dirigidas a familias que trasladen su residencia habitual desde otras comunidades autónomas o ciudades autónomas a municipios rurales de la región. El objetivo es apoyar económicamente a quienes elijan establecer su vida familiar en entornos rurales con menor densidad poblacional, facilitando así su asentamiento y contribuyendo a la lucha contra la despoblación.

 

¿Quién puede solicitarlas?

Unidades familiares que, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025:

  • Trasladen su residencia desde otra comunidad o ciudad autónoma.
  • Se empadronen en un municipio rural de Castilla y León (menos de 20.000 habitantes, excluyendo ciertos municipios como Aranda de Duero, Ponferrada o Laguna de Duero).
  • Cumplan los requisitos establecidos, incluyendo empleo en Castilla y León, escolarización de menores y alta en el sistema sanitario autonómico.

Se consideran como unidad familiar:

  • Parejas (casadas o unidas de hecho), con o sin hijos.
  • Familias monoparentales.
  • Hermanos que convivan, siendo al menos uno mayor de edad.

 

¿Para qué son estas subvenciones?

Para compensar los gastos asociados al cambio de residencia desde otras regiones de España hacia el ámbito rural de Castilla y León, fomentando un proyecto de vida personal y familiar en el territorio.

 

Cuantía de las ayudas

  • 1.000 euros: familias sin hijos o compuestas por hermanos mayores de edad.
  • 2.000 euros: familias con hijos, menores en guarda o hermanos con al menos un menor de edad.

 

Requisitos principales

  • Residencia previa de al menos un año fuera de Castilla y León.
  • Empadronamiento de toda la unidad familiar en un mismo domicilio rural.
  • Al menos una persona debe estar trabajando en Castilla y León (incluye teletrabajo).
  • Escolarización en Castilla y León de los menores en edad obligatoria.
  • Alta sanitaria de todos los miembros en la comunidad.
  • No haber sido beneficiario del programa “Pasaporte de vuelta” ni de ayudas similares.

 

Plazos y tramitación

  • Plazo de solicitud: 2 meses desde la fecha de empadronamiento.
  • Para quienes se empadronaron entre el 1 de enero y el 24 de abril de 2025: el plazo finaliza el 24 de junio de 2025.

 

¿Cómo presentar la solicitud?

La solicitud puede presentarse:

  • Presencialmente: en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales u oficinas de registro autorizadas.
  • Electrónicamente: con certificado digital, a través de:
    • Aplicación de administración electrónica.
    • Formulario PDF online (Adobe Acrobat).
    • Formulario web desde navegador.

Se deberá cumplimentar el modelo oficial, anexar la documentación requerida, firmar digitalmente y descargar el justificante de presentación.

 

Organismo convocante

  • Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades
  • Gerencia de Servicios Sociales
  • Dirección General de Familias, Infancia y Atención a la Diversidad

 

Otros aspectos importantes

  • El pago se realizará en un único abono.
  • Las ayudas están sujetas a fiscalidad como renta no exenta.
  • La subvención es incompatible con otras de finalidad idéntica de la Junta de Castilla y León.
  • Se podrá realizar control posterior para verificar el cumplimiento del empadronamiento durante al menos dos años.

 

Para más información y solicitud, accede a la sede electrónica.