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Subvenciones 2026 para la retirada segura de cubiertas con amianto en centros de trabajo de Castilla y León

Fecha de finalización: 
Vie, 13/02/2026

La Junta de Castilla y León ha convocado para el año 2026 una nueva línea de subvenciones públicas dirigidas a la retirada segura y sustitución de cubiertas ligeras que contengan amianto en centros de trabajo de la Comunidad. Una ayuda especialmente relevante para empresas y autónomos del entorno rural que necesitan adaptar sus instalaciones a la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral. 

 

¿En qué consiste esta subvención?

El objetivo de esta convocatoria es mejorar la seguridad y la salud de las personas trabajadoras, reduciendo los riesgos derivados de los trabajos en altura y la exposición a fibras de amianto, un material altamente peligroso y catalogado como cancerígeno.

La ayuda financia:

  • La retirada segura de cubiertas ligeras con amianto, realizada por empresas especializadas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA).
  • La sustitución de dichas cubiertas por otras nuevas, resistentes, transitables y completamente libres de amianto.

 

Plazo para presentar la solicitud

Esta subvención se ha publicado el 29 de Diciembre de 2025 y las solicitudes podrán presentarse desde el 14 de enero de 2026 hasta el 13 de febrero de 2026, ambos inclusive.

 

¿Quién puede solicitarla?

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones:

  • Personas físicas.
  • Personas jurídicas privadas.
  • Comunidades de bienes u otras entidades legalmente constituidas.

En todos los casos, deberán ser propietarias o arrendatarias del centro de trabajo donde se realice la actuación subvencionada y tener ánimo de lucro.

 

Requisitos principales

Para acceder a esta ayuda, será necesario cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • El centro de trabajo debe estar ubicado en Castilla y León (no se consideran centros de trabajo temporales de obras o reformas).
  • No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves en materia de seguridad y salud laboral en los dos años anteriores a la convocatoria.
  • No estar incurso en las prohibiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones.
  • Cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad.
  • Disponer de plan de igualdad, en caso de estar obligada a ello.
  • Acreditar el cumplimiento de los plazos de pago establecidos en la normativa contra la morosidad.

Estas condiciones deberán mantenerse desde la presentación de la solicitud hasta la liquidación de la subvención.

 

Gastos subvencionables y plazos de ejecución

Serán subvencionables los gastos realizados entre el 19 de agosto de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambos incluidos, correspondientes a:

  • Retirada segura de cubiertas con amianto.
  • Instalación de nuevas cubiertas libres de amianto.

 

Cuantía de la ayuda

La subvención contempla dos tipos de actuación, con distintos porcentajes e importes máximos:

Para la retirada de cubiertas con amianto:

  • Hasta el 85 % de los gastos subvencionables.
  • Máximo de 10 €/m².
  • Límite de 30.000 € por centro de trabajo.

Para la nueva instalación:

  • Hasta el 50 % de los gastos subvencionables.
  • Máximo de 40 €/m².
  • Límite de 20.000 € por centro de trabajo.

 

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (una por centro de trabajo, con un máximo de dos por beneficiario).
  • Posibilidad de representación autorizada para la firma electrónica.
  • Documentación exigida en la convocatoria, que deberá presentarse digitalizada como anexo.

La Administración podrá consultar documentos ya presentados anteriormente, salvo oposición expresa del solicitante.

 

Organismo gestor

  • Consejería: Industria, Comercio y Empleo
  • Dirección General: Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales
  • Órgano gestor: Servicio de Prevención de Riesgos Laborales

 

Resolución y notificaciones

El plazo máximo para resolver será de cuatro meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico.
Si no se recibe resolución expresa en ese plazo, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Las notificaciones se realizarán de forma electrónica, a través del sistema NOTI.

 

Compatibilidad con otras ayudas

Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada y se respeten los límites establecidos por el régimen de minimis.

 

Más información sobre esta subvención en la página web de la Junta de Castilla y León